Recomendaciones ante una detención por parte de un agente de tránsito
Como lo recuerdas, tenemos dos publicaciones que abordan el tema de la conducción de automóviles en la etapa de la adolescencia, incluyendo un contrato adolescente – padres de familia en el cual se establecen de manera clara las reglas que deben seguir los adolescentes para obtener ese privilegio. Ahora te presentamos una muy valiosa colaboración que te informa sobre tus derechos ante una detención por parte de un agente de tránsito. Estamos seguros que te será de gran utilidad y evitará que se atropellen tus derechos. Recuerda enseñarle a tu adolescente que el conocimiento es poder.
Jalisco se encuentra dentro de los diez estados con más corrupción del país de acuerdo a una encuesta del INEGI, esto se debe en gran medida a que pocos ciudadanos sabemos cómo actuar en caso de una detención por parte de un agente de tránsito. Aquí te presentamos algunos consejos útiles, que evitarán que te sientas intimidado por los agentes de tránsito, ya que muchas veces no sabemos si están actuando conforme a la ley y si están respetando nuestros derechos como ciudadanos.
- Lo primero que debes saber es que cuando te detengan o enciendan las luces de emergencia para detenerte, con independencia de si vas caminando o en algún vehículo, es importante que observes y anotes el número de la unidad o de la patrulla de tránsito. Una vez que el agente se acerque a ti, observa su identificación para verificar el nombre del mismo. En caso de que la identificación no esté visible tendrás el derecho de pedirle que te la muestre, y esto te servirá para futuras aclaraciones en caso de que existiera algún tipo de abuso de autoridad.
- Una vez que el agente se acerque a tu vehículo, no desciendas de él hasta que el agente te informe cual ha sido tu falta, además debe sustentarla basado en el reglamento de transito vigente para el estado. Debe informarte el monto de la multa en términos de salarios mínimos generales vigentes. Debe informarte también sobre el descuento al que tienes derecho si pagas dentro de los cinco días posteriores a la fecha de la infracción, así como del recurso de inconformidad al que tienes derecho, y finalmente el plazo que tienes para interponerlo.
- Al momento de llenar la boleta de la infracción, el agente debe incluir los siguientes datos: fecha, hora y lugar donde se cometió la infracción, así como una breve descripción de la falta cometida. La boleta deberá contener los siguientes datos: nombre del agente, su número de placa, adscripción, y finalmente la firma del agente que levantó la sanción.
- El agente no podrá detener a nadie si no es por un delito flagrante (existe cuando el autor es sorprendido en el momento mismo de cometerlo).
- Si detectas que el agente coloca, es decir “siembra” drogas y/u otras substancias o armas, está cometiendo un delito muy grave en contra de la administración de la justicia. El agente podría ser sujeto a acción en contra de él, de ahí la importancia de tomar nota del nombre del agente y su número de unidad.
- Si no se ha cometido una falta y la documentación está en regla, un policía necesita una orden de captura y una orden de cateo (ambas, no basta una) para intervenir un vehículo.
- Si te hacen mención que deben trasladarte a una comisaría, tienes el derecho de pedir que sea a la más cercana del lugar de los hechos.
Se está creando una aplicación denominada In/fracción, la cual se podrá utilizar en la ciudad de México. Esta aplicación te permitirá conocer la lista de los policías autorizados para multarte y verificar que el proceso de aplicación de tu infracción vial se lleve a cabo de una manera correcta y transparente. Esta aplicación también te permite consultar el monto de tu multa, basado en el cálculo de los días de salario mínimo establecidos para la falta cometida. Todavía se están finalizando los últimos arreglos para esta aplicación, y próximamente podrá ser descargada en los smartphones de los usuarios.
Si te interesa saber un poco más sobre este tema, te invito a revisar el Reglamento de Tránsito y Vialidad de la Ciudad de Guadalajara, Título Sexto, Artículo 149 denominado: DE LAS SANCIONES EN GENERAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD o envíame un correo electrónico a maccafa_9@hotmail.com. o mcccalderon25@gmail.com.
Lic. en Derecho María Cristina Calderón Fabián
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